martes, 17 de febrero de 2009

Bases selección dos plazas de vigilante municipal polivalente

BASES QUE REGIRÁN LA SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE DOS PLAZAS DE VIGILANTES MUNICIPAL POLIVALENTE.

I.- OBJETO.
Se trata de seleccionar 2 vigilantes municipal en régimen laboral por un periodo de 6 meses a jornada completa. La distribución de dicha jornada se efectuará de conformidad con las necesidades del Ayuntamiento.
II. REQUISITOS.
A. Requisitos exigibles a la presentación de la solicitud:
- Ser español o nacional de algún país de la Unión Europea, en los términos de la Ley 17/93.
- Tener cumplido los 18 años y no haber cumplido cuarenta y cinco.
- Estar en posesión de la titulación de Graduado escolar o FP I.
- No padecer enfermedad que le incapacite para el cumplimiento de la función a desarrollar.
- Estar en posesión del permiso de conducir A y B-1.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración pública, estatal, autonómica o local.
III.- FUNCIONES:
Todas las tareas de vigilancia, custodia de diversos lugares públicos que se le encomienden por el Concejal Delegado de Régimen Interior y Personal, el cual podrá ordenar a otro funcionario que controle la correcta ejecución de dichas funciones.
IV.- SELECCIÓN.
El sistema elegido es el de concurso, para lo cual se valorarán la experiencia adquirida y una entrevista técnica.
Se atenderá a los criterios que a continuación se indica con la valoración que para cada uno de ellos se establece.
I. Titulación¨:
Se valorará la posesión de titulación superior con los siguientes puntos:
- Estar en posesión del Titulación de grado medio, o Bachiller Superior…. 1 punto
- Estar en posesión de Titulación de grado superior………………………1,5 puntos
II.- Experiencia laboral:
Se valorará la experiencia que a través del correspondiente contrato de trabajo, tenga el aspirante, en materias relacionadas con el puesto a ocupar
Se puntuará por cada mes de servicios en puestos de similares características en cualquier Administración, en régimen de jornada laboral completa: 0,10 punto.
En el caso, de similar prestación de trabajo se realice en ámbito privado, en régimen de jornada laboral completa, corresponderá puntuación………0,05
A efectos de valoración, el Tribunal tendrá en cuenta lo siguiente: será indiferente la forma del contrato (por obra o servicio, a tiempo parcial, por tiempo determinado, etc) Se despreciarán las fracciones inferiores al mes, y en el caso de contratación parcial, se puntuará proporcionalmente la jornada normal de 40 horas a la semana
El aspirante deberá presentar al Tribunal copia de los méritos alegados, los correspondientes contratos laborales o documento que justifique su colaboración voluntaria, para acreditar este mérito. No se tendrán en cuenta otros méritos que los que se puedan demostrar documentalmente y todos han de obtenerse antes de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
Puntuación máxima: 4 puntos.
III. Estar en posesión del permiso de conducir BTP
Puntuación: 4 puntos
IV. Entrevista técnica.
Consistirá principalmente en la formulación de cuestiones acerca del puesto a cubrir.
Puntuación máxima: de 5 puntos.
V- FORMACION DEL TRIBUNAL:
El Tribunal de selección estará constituido en los términos previstos en el articulo 60 del EBEP.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándole a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común 30/92.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, de al menos el Presidente o en quien delegue, el Secretario de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente.
El Tribunal tendrá competencia y plena autoridad para cuantas incidencias se presenten y no se hallen previstas en estas bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas.
VII.-VALORACIÓN FINAL:
Obtenida la puntuación parcial, para cada aspirante, de cada uno de los criterios anteriores, la puntuación final de cada uno de ellos, vendrá determinada por la suma de las parciales, cuyo máximo, no podrá superar los 14,5 puntos.
En caso de empate se otorgará preferencia a quien mayor puntuación obtuviese en la entrevista.
En concordancia con lo anterior, el Tribunal; únicamente podrá proponer a dos aspirantes, que será el que alcance la mayor puntuación, pudiendo proponer como suplentes, a los efectos de vacante, ausencia, enfermedad u otra circunstancia que impida al seleccionado desempeñar su puesto de trabajo, a la siguiente persona en número de puntuación. También se podrá contratar a dichas personas cuando eventualmente sea necesario durante el año siguiente a la selección
Evacuada la propuesta de Tribunal, se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra en orden decreciente, según puntuación obtenida por los aspirantes.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Todos los interesados, que reuniendo los requisitos antes mencionados deseen participar en el proceso de selección, deberán cumplimentar la SOLICITUD, que a tal efecto se encuentra a su disposición en las Dependencias Municipales, debiendo acompañar asimismo, fotocopia compulsada del D.N.I. y Titulación exigida, antes de las 14,00 horas del día 23 de Febrero de 2009/

EL ALCALDE

Carmelo Conde Chaves

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