martes, 11 de junio de 2013

PLAN DE EMPLEO JUVENIL


El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado un Decreto-ley 8/2013, de 28 de mayo de medidas de carácter urgente para desarrollar el plan de choque por el empleo formulado el pasado mes de febrero en el que se incluye la regulación del bono de empleo joven .

El plan de empleo juvenil de la Junta de Andalucía es una iniciativa destinada a la creación y mantenimiento de puestos de trabajo para la juventud andaluza. Este plan incluye medidas orientadas a promover tanto la contratación por parte de empresas como el autoempleo entre los jóvenes. El plan de empleo juvenil, cuenta con cinco medidas. En primer lugar, un bono de empleo de 400 euros mensuales durante un año para jóvenes procedentes de la formación profesional y universitaria, en función de sus méritos, y para aquellos que se hayan acogido a la Beca Andalucía Segunda Oportunidad. 

El Programa Bono de Empleo Joven tiene como finalidad fomentar la obtención de empleo y facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas jóvenes, de entre 18 y 35 años, andaluzas que estén en posesión de un título universitario, de formación profesional de grado medio o superior o de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria procedente del Programa Segunda Oportunidad Educativa, en los términos definidos en el artículo 6.d). Este bono se hará efectivo a la empresa o entidad beneficiaria cuando se formalice un contrato laboral. Para atender consultas relacionadas con el Bono Empleo Joven se ha habilitado el siguiente número de teléfono: 902 996 031, disponible en horario de 9:00 a 14:00 horas. Fuera de ese horario, quien lo desee podrá remitir sus consultas al correo electrónico: consultas.sae@juntadeandalucia.es
La persona candidata al Bono de Empleo Joven debe presentar la solicitud dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo. Una vez que se le reconozca la titularidad del Bono y en el momento que formalice un contrato laboral, a jornada completa y por un periodo mínimo de 12 meses, el Bono se hará efectivo a la empresa o entidad empleadora. Si durante dicho período se resolviera el contrato por causas no imputables al titular del Bono, éste dispondrá de otros tres meses para formalizar un nuevo contrato, que deberá tener una duración mínima equivalente al tiempo que le reste para alcanzar el máximo establecido de 12 meses.
Fechas a tener en cuenta en la tramitación del Bono de Empleo Joven
1 de junio
1 de julio
30 de septiembre
20 de noviembre
Se abre el plazo para solicitar el Bono de Empleo Joven
Se cierra el plazo para solicitar el Bono de Empleo Joven
Finaliza el plazo para resolver las solicitudes
Fecha límite para formalizar los contratos

A ello se añade la concesión de créditos blandos, para el autoempleo juvenil, los autónomos que creen empleo joven y la incorporación de personas de este colectivo en empresas de economía social. Asimismo, se financiará el 50% del coste de la Seguridad Social durante los dos primeros años de contratación, con un máximo de 2000 euros por trabajador.
La cuarta medida del plan de empleo juvenil se centrará en favorecer la incorporación de este colectivo a los departamentos de internacionalización de las empresas. Para ello, se ampliarán las becas Extenda de la cual tambien podrán beneficiarse los jóvenes procedentes de la Formación Profesional Superior. Finalmente, la quinta medida será la creación de dos portales en internet, uno de Empleo y otro de Emprendimiento. Para mayor informacion y asesoramiento podeis pasar por el CADE de Cazalla de la Sierra cito en el Polígono Industrial Los Manantiales II, Avda. de María del Monte, nº 29, Local 6. tfno: 955544049/671536919/ 636919 o visitar la web de la consejeria http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/76931.html

AYUNTAMIENTO DE CAZALLA DE LA SIERRA
Plaza Doctor Nosea, 1
41370 Cazalla de la Sierra (Sevilla)
Tfno: 954884236 y 954884513