El Consejo de Gobierno de
la Junta de Andalucía ha aprobado un Decreto-ley
8/2013, de 28 de mayo de medidas de carácter urgente para
desarrollar el plan de choque por el empleo formulado el pasado mes
de febrero en el que se incluye la regulación del bono de empleo
joven .
El plan
de empleo juvenil de la Junta de Andalucía es una iniciativa
destinada a la creación y mantenimiento de puestos de trabajo para
la juventud andaluza. Este plan incluye medidas orientadas a promover
tanto la contratación por parte de empresas como el autoempleo entre
los jóvenes. El plan de empleo juvenil, cuenta con cinco medidas.
En primer lugar, un bono de empleo de 400 euros mensuales durante un
año para jóvenes procedentes de la formación profesional y
universitaria, en función de sus méritos, y para aquellos que se
hayan acogido a la Beca Andalucía Segunda Oportunidad.
El Programa Bono de
Empleo Joven tiene como finalidad fomentar la obtención de
empleo y facilitar la incorporación al mercado laboral de las
personas jóvenes, de entre 18 y 35 años, andaluzas que estén en
posesión de un título universitario, de formación profesional de
grado medio o superior o de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria procedente del Programa Segunda Oportunidad Educativa, en
los términos definidos en el artículo 6.d). Este bono se hará
efectivo a la empresa o entidad beneficiaria cuando se formalice un
contrato laboral. Para atender consultas relacionadas con el Bono
Empleo Joven se ha habilitado el siguiente número de teléfono: 902
996 031, disponible en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Fuera de ese horario, quien lo desee podrá remitir sus consultas al
correo electrónico: consultas.sae@juntadeandalucia.es
La persona candidata al Bono de Empleo Joven debe
presentar la solicitud dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Empleo. Una vez que se le reconozca la titularidad del
Bono y en el momento que formalice un contrato laboral, a jornada
completa y por un periodo mínimo de 12 meses, el Bono se hará
efectivo a la empresa o entidad empleadora. Si durante dicho período
se resolviera el contrato por causas no imputables al titular del
Bono, éste dispondrá de otros tres meses para formalizar un nuevo
contrato, que deberá tener una duración mínima equivalente al
tiempo que le reste para alcanzar el máximo establecido de 12 meses.
Fechas a tener en cuenta en la tramitación
del Bono de Empleo Joven
1 de junio
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1 de julio
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30 de septiembre
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20 de noviembre
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Se abre el plazo para solicitar el Bono de Empleo
Joven
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Se cierra el plazo para solicitar el Bono de
Empleo Joven
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Finaliza el plazo para resolver las solicitudes
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Fecha límite para formalizar los contratos
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A ello se añade la concesión de créditos blandos,
para el autoempleo juvenil, los autónomos que creen empleo joven y
la incorporación de personas de este colectivo en empresas de
economía social. Asimismo, se financiará el 50% del coste de la
Seguridad Social durante los dos primeros años de contratación, con
un máximo de 2000 euros por trabajador.
La cuarta medida del plan de empleo juvenil se
centrará en favorecer la incorporación de este colectivo a los
departamentos de internacionalización de las empresas. Para ello, se
ampliarán las becas Extenda de la cual tambien podrán beneficiarse
los jóvenes procedentes de la Formación Profesional Superior.
Finalmente, la quinta medida será la creación de dos portales en
internet, uno de Empleo y otro de Emprendimiento. Para mayor
informacion y asesoramiento podeis pasar por el CADE
de Cazalla de la Sierra cito
en
el Polígono Industrial Los Manantiales II, Avda. de María del
Monte, nº 29, Local 6. tfno: 955544049/671536919/ 636919
o visitar la web de la consejeria
http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/76931.html