miércoles, 23 de diciembre de 2009

Bando sobre el uso de la pirotecnia en la fechas navideñas

D. Carmelo Conde Chaves, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra,
HAGO SABER:
Aproximándose la fecha de celebración de la navidad, esta Alcaldía desea el mayor regocijo de todos los vecinos.
Pero la alegría general que debe presidir estas fiestas puede verse incordiada por algunos desaprensivos que, faltos de imaginación, aprovechan estas ocasiones para molestar a los demás con el inusitado lanzamiento de pirotecnia recreativa (petardos, bengalas, tracas, etc…) convirtiendo lo que debe ser alegría y divertido esparcimiento en acciones que causan un profundo malestar entre los ciudadanos.
Y aunque está claro que el grado de molestia ya es un motivo para que esta Alcaldía intervenga, lo es más el potencial peligro que estas explosiones conllevan para la seguridad de todos.

En aplicación de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, del Real Decreto 230/98, de 16 de febrero por el que se aprueba El Reglamento de Explosivos, por la Orden de 5 de diciembre de 1991 sobre Catalogación de Productos de Pirotecnia y por la Orden de 3 de octubre de 1973 que prohíbe la Fabricación, Circulación y Venta de Objetos Explosivos para uso infantil y de la Orden PRE/174/2007, de 31 de enero por la que se actualizan las instrucciones técnicas complementarias nº 8, 15, 19 y 23 del Reglamento de explosivos, aprobado por el Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero.

HE ACORDADO PROHIBIR:

1º.- La venta y suministro de productos pirotécnicos en todos aquellos lugares que no cuenten con las preceptivas licencias gubernativa y municipal.
2º.- La venta de estos artículos a todas aquellas personas que pudieran estar bajo los efectos de bebidas alcohólicas o estupefacientes y, en todo caso, a cualquier persona física que no cuente con la mayoría de edad.
3º.- La manipulación de estos productos en vías públicas o espacios públicos dentro del término municipal de Cazalla de la Sierra, siempre que no se cuente con la expresa autorización municipal.

Asimismo hago saber que he dado instrucciones para que la Policía Local y en colaboración con el resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad vele por el estricto cumplimiento de este bando y denuncie todas aquellas infracciones que sean cometidas en aplicación de la legislación vigente al respecto.
Dichas infracciones irán acompañadas de la incautación del material incluyendo aquellas partidas encontradas en establecimientos o puntos de venta no autorizados.

Lo que se hace público para conocimiento de todos en general y especialmente para quioscos, puestos callejeros y establecimientos comerciales.

EN CAZALLA DE LA SIERRA, A 23 DE DICIEMBRE DE 2009.

EL ALCALDE,

D. CARMELO CONDE CHAVES

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