De conformidad con lo establecido en el Art. 36 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por R.D. 2568/86 de 28 de Noviembre, se ha de celebrar por el Ayuntamiento Sesión Ordinaria del Ayuntamiento Pleno, el día 30 de Marzo de 2011 en esta Casa Consistorial a las 19,00 horas, al objeto que más abajo se expresa, lo pongo en su conocimiento, para que asista a dicha reunión y en caso contrario lo acredite ante esta Alcaldía con la antelación que corresponde. En caso de no concurrir el QUORUM a que se refiere el Artº. 90.1, del Real Decreto de Organización, Funcionamiento Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Real Decreto 2568/86, de 28 de Noviembre), se entenderá convocada la Sesión en segunda convocatoria, dos días más tarde y a la misma hora ORDEN DEL DIA:
1º. LECTURA Y APROBACIÓN DE L ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
2º. DACION CUENTAS ACTAS JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
3º- DACION CUENTAS RESOLUCIONES DE ALCALDIA
4º. ACUERDO SI PROCEDE, BONIFICACION DEL IMPUESTO ICIO A DIPUTIACON DE SEVILLLA, SOBRE INSTALACION DE MESA EXPLICATIVA DEL CASTILLO.
5º. ACUERDO SI PROCEDE, BONIFICACION DEL IMPUESTO ICIO A EMPRESA PUBLICA DESARROLLO AGRARIO Y PESQUERO, SOBRE SOLICITUD 161/10
6º. ACUERDO SI PROCEDE, APROBACIÓN DEFINITIVA DE ESTATUTOS DEL CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO “ANTONIO CARMONA”
7º. ACUERDO SI PROCEDE, APROBACION INICIAL ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS HUERTOS SOCIALES
8º. ACUERDO SI PROCEDE, SOLICITIDU SUBVENCION PECH
9º. ACUERDO SI PROCEDE, RATIFICACION ACUERDO JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 9 DE MARZO DEL PRESENTE, MODIFICACION ORDEN OBRAS PFOEA 2011.
10º. ACUERDO SI PROCEDE, APROBACION SOLICITUD PLAN EMPLEO ESTABLE 2011
11º. ACUERDO SI PROCEDE, INICIATIVA PLAN LOCAL DE APOYO A LA MEJORA DE EMPLEO
12º. ACUERDO SI PROCEDE, AUTORIZACIÓN A ADIF SOBRE ELIMINACION DE PASOS A NIVEL.
13º. SILLON 14
14º. ASUNTOS DE PRESIDENCIA
15º. MOCIONES DE LOS GRUPOS POLITICOS
16º. TURNO DE URGENCIA
17º. RUEGOS Y PREGUNTAS
Cazalla de la Sierra, a 28 de Marzo de 2011
EL SECRETARIO
FERNANDO JOSE CANO RECIO
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