PUESTA
EN MARCHA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIAL EN LA LOCALIDAD DE CAZALLA
DE LA SIERRA
D. Carmelo Conde Chaves, Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra.
HACE
SABER:
Que con motivo de la sesión celebrada por la Comisión
Especial de Empleo el pasado día 6 de octubre de 2014, se aprobó la
puesta en marcha del Programa de Inclusión Social en la localidad
de Cazalla de la Sierra, todo ello de conformidad al Decreto Ley
8/2014, de 10 de Junio, de Medidas Extraordinarias y Urgentes para
Inclusión Social a través de Empleo.
Ante la situación de necesidad y escasos recursos en
la que se encuentran, hoy día, las familias cazalleras, se proceda a
ejecutar el programa antes referenciado por importe de 30 mil euros,
de acuerdo a la Resolución favorable.
Las personas destinatarias del
Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía
(Programa de Inclusión Social) deberán estar empadronadas en el
municipio de Cazalla de la Sierra y reunir los siguientes requisitos:
a) Que se encuentren en situación de
demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no
hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la
solicitud.
b) Que pertenezcan a una unidad
familiar donde concurran las siguientes circunstancias:
1.º Que al menos un año antes todas
las personas que componen la unidad familiar hayan estado
empadronadas en un mismo domicilio ubicado en Cazalla de la Sierra,
a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas
con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de genero y
las personas andaluzas retornadas.
2.º Que el importe máximo de los
ingresos netos de la unidad familiar sea:
- Inferior al Indicador Público de
Renta de Efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una
sola persona.
- Inferior a 1,3 veces el IPREM para
unidades familiares de dos personas.
- Inferior a 1,5 veces el IPREM para
unidades familiares de tres personas.
- Inferior a 1,7 veces el IPREM para
unidades familiares de cuatro o más personas.
c) Que la persona solicitante forme
parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en
riesgo de estarlo.
El plazo para presentar solicitudes y acogerse al
Programa de Inserción Social, será de 15 días, a contar desde el
día siguiente hábil a la publicación del presente, ante el
Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra.
A las solicitudes se le acompañará la siguiente
documentación:
a) Fotocopia del Documento Nacional de
Identidad (DNI) o, en su caso, del Número de Identidad de Extranjero
(NIE) de la persona solicitante.
b) En el supuesto de matrimonio con o
sin descendencia, o familias monoparentales con hijos o hijas, el
correspondiente libro de familia. En su caso, documentación
acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento
familiar.
c) En el supuesto de uniones no
matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de
Parejas de Hecho que corresponda, o acreditación suficiente por
otros medios de su relación de convivencia, y si se tuviesen
descendencia, además, el libro de familia.
d) Certificado de empadronamiento
expedido por el Ayuntamiento acreditativo de que todas las personas
que constituyen la unidad familiar cumplen con el requisito definido
en el artículo 8.b).1.º del presente Decreto-ley.
e) Declaración expresa responsable de
la persona solicitante de los ingresos netos percibidos por todas las
personas componentes de su unidad familiar durante los seis meses
anteriores a la presentación de la solicitud.
f) Informe de períodos de inscripción
que acredite que la persona solicitante figura como demandante de
empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo el día de la
presentación de la solicitud para acogerse al Programa.
g) Informe de vida laboral de la
persona solicitante en el que se refleje el año anterior a la
solicitud.
Por último
señalar que tras la aprobación y publicación de listado
provisional de beneficiarios del Programa de Inclusión Social 2014,
se otorgará un plazo de 10 días para la presentación de
alegaciones y demás documentos que se estimen oportunos, previa a la
aprobación definitiva de beneficiarios a cargo de este Programa.
EL
ALCALDE-PRESIDENTE
* Para
mayor información, esta le podrá ser facilitada en el área de
Servicios Sociales de este Ayuntamiento.